Prueba pericial en el proceso penal: cuándo parece definitiva… y en realidad no vale para condenar


En muchos procedimientos penales la acusación descansa sobre una idea peligrosa: “hay un informe pericial”, y con eso, a veces, se da todo por resuelto, como si la pericia fuera una prueba automática, neutra, incuestionable. No lo es, si por su origen, ni por su forma, ni por su valoración.
La experiencia forense demuestra que una parte muy relevante de las condenas apoyadas en prueba pericial se sostienen sobre dictámenes frágiles, mal introducidos o peor valorados, y el Tribunal Supremo lo ha dejado claro: la pericial no condena por existir, solo condena si supera estándares muy exigentes.
El error central: confundir “técnico” con “infalible”
Este es el punto de partida del problema.
Que una prueba sea técnica no significa que sea objetiva, que la firme un perito no la convierte en verdad judicial, y que esté por escrito no la hace prueba de cargo suficiente.
La prueba pericial no sustituye al juicio del tribunal, ni puede llenar por sí sola vacíos probatorios cuando no permite una inferencia clara, racional y concluyente sobre los hechos o la participación del acusado, el Tribunal Supremo insiste en que su valoración está sometida al principio de libre valoración, pero no a la arbitrariedad.
Cuando el tribunal se limita a asumir el dictamen sin explicar por qué es fiable, por qué es suficiente y por qué descarta otras hipótesis, el problema ya no es pericial: es de presunción de inocencia.
La pericial no es prueba documental: debe someterse a contradicción
Otro error muy frecuente, especialmente en delitos técnicos o económicos.
La prueba pericial no es un papel, es una prueba personal, eso significa que: Debe practicarse en el juicio oral, el perito debe declarar, debe poder ser interrogado y contradicho.
Cuando la condena se apoya en informes periciales no ratificados, ratificados de forma puramente formal o asumidos sin contradicción real, la prueba pierde fuerza hasta volverse inútil como prueba de cargo.
El Tribunal Supremo ha reiterado que la inmediación y la contradicción no son accesorios, sino garantías esenciales, sin ellas, la pericia no puede sostener una condena.
Cientificidad, método y conclusiones: donde fallan muchas pericias
Aquí está uno de los flancos más eficaces para la defensa.
Una prueba pericial solo tiene valor si: el método utilizado es científicamente reconocido, el proceso seguido es verificable, las conclusiones se derivan lógicamente de los datos.
Cuando el informe se basa en métodos discutibles, inferencias débiles o conclusiones que van más allá de lo que permiten los datos, la pericial deja de ser conocimiento experto y se convierte en opinión.
Y la opinión, por muy técnica que se vista, no desvirtúa la presunción de inocencia.
Pericial única y condena: posible, pero con límites muy estrictos
Sí, una prueba pericial puede ser la única prueba de cargo, pero no de cualquier manera.
El Tribunal Supremo exige que, en esos casos, la pericial: Sea plenamente válida y obtenida con garantías, esté sólidamente fundamentada, no presente quiebras lógicas, permita inferir razonablemente todos los elementos del delito.
Cuando el dictamen es ambiguo, probabilístico, negativo o no concluyente, no puede convertirse en el eje de una condena, por mucho que la acusación lo intente presentar como definitivo.
La cadena de custodia y la pericial: un binomio inseparable
En pericias basadas en evidencias materiales —sustancias, muestras biológicas, dispositivos, documentos— hay una pregunta previa que no puede omitirse: ¿es seguro que lo analizado es lo mismo que se incautó?
La ruptura relevante de la cadena de custodia no invalida automáticamente la pericia, pero sí compromete su verosimilitud, y cuando esa duda es razonable y concreta, el dictamen pierde legitimidad como prueba de cargo.
Aquí no se exige demostrar manipulación, basta con demostrar falta de garantía.
Dónde debe atacar una defensa penal con criterio
Una defensa estratégica no discute la pericia desde la intuición, sino desde la técnica:
¿Se practicó con inmediación y contradicción reales? ¿El método es científicamente válido? ¿Las conclusiones están justificadas o son especulativas? ¿Existe cadena de custodia fiable? ¿La sentencia motiva de verdad por qué la considera suficiente?
Cuando estas preguntas no tienen respuesta sólida, la pericial deja de ser una fortaleza y se convierte en el punto débil de la acusación.
Si tu acusación se apoya en un informe pericial, este análisis es decisivo
Si te enfrentas a un procedimiento penal en el que la prueba pericial tiene un peso central, no asumas que es intocable, muchas condenas se sostienen sobre dictámenes que no superan el estándar exigido por el Tribunal Supremo.
En Almeida Penalista analizamos la prueba pericial con un enfoque técnico, crítico y orientado a defensa real, detectando cuándo un informe es verdaderamente concluyente… y cuándo no puede servir para condenar, si estás siendo investigado o acusado y necesitas una valoración seria, discreta y estratégica de tu caso, contacta con nosotros, en Derecho penal, a veces la clave no está en discutir los hechos, sino en demostrar que la prueba técnica no prueba lo que pretende probar.
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